domingo, 1 de julio de 2012

LO QUE EL PRO NO PUEDE EXPLICAR DE LAS COMUNAS


INFORME SOBRE EL PRESUPUESTO DE LAS COMUNAS Y LA TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS
por Gabriela Castillo

1. PRESUPUESTO

·        El presupuesto total de la Ciudad para el 2012 es de  $32.705.436.924




El presupuesto máximo para las Comunas según Ley 1777 es del 5% - $1.635.271.846

El presupuesto aprobado por la Legislatura (LEY 4.041) para las Comunas es de $71.833.400, de los cuales corresponden a la Comuna 2 4.802.700 (El 92% corresponde a sueldos del personal)

El presupuesto actual que efectivamente administra la Comuna 2, Recoleta, son solo 6 cajas chicas de $25.000 c/u
El art. 6º de la ley de Administración Financiera de la Ciudad establece que las Comunas deben ser una jurisdicción.[1]
La Ley de Presupuesto Nº 4.041  autorizó al Poder Ejecutivo a crear la jurisdicción presupuestaria.
CLÁUSULA TRANSITORIA DE LA LEY: Autorícese al Poder Ejecutivo a realizar la apertura jurisdiccional correspondiente a comunas, a fin de imputar las partidas correspondientes a las mismas.
Dijo el Subsecretario de Atención Ciudadana, según versión taquigráfica (pag. 46): “…El presupuesto prevé una cláusula por la cual se autoriza al Poder Ejecutivo y dice algo parecido a “podrá disponer” o “podrá abrir”, con lo cual no nos da un mandato, sino que nos da la autorización para abrir las jurisdicciones. Estamos en pleno análisis de esa tarea. Entiendo que esto debiera poder plasmarse para el ejercicio 2013.



[1] Art. 6º Ley 70: En el contexto de esta Ley se entiende por entidad toda organización pública con personería jurídica y patrimonio propio, se trate de empresas o sociedades y organismos descentralizados y por jurisdicción a las siguientes unidades institucionales; a. Legislatura; b.Justicia; c. Jefatura de Gobierno, los ministerios y secretarías del Poder Ejecutivo; d. Comunas (Artículos 127, 128 y 129 de la Constitución de la Ciudad).





2. TRANSFERENCIAS

CRONOGRAMA DE TRANSFERENCIAS ANUNCIADO EN LA LEGISLATURA POR MACHIAVELLI EL 27/10/2012 


ü      Cuerpo de guardianes de plaza -----------  10/12/11 - INCUMPLIDO

ü      Gestión local de padrinazgo ----------------- 10/12/11 - INCUMPLIDO

ü      Gestión  de poda ------------  Inicia 10/12/11. Termina dic 2012. - INCUMPLIDO

ü      Cuadrillas de trabajos en espacios verdes. La fecha de inicio del traspaso de los recursos humanos y materiales  1/04/2012. - INCUMPLIDO

ü      Fiscalización de aperturas de servicios públicos ------ 1/04/2012. INCUMPLIDO

ü      Atención de reclamos de vías peatonales --------------1/04/2012 - INCUMPLIDO

ü      Atención de reclamos de bacheo. La fecha a partir de la cual la comuna empieza a establecer las prioridades de bacheo es el 1/4/2012. - INCUMPLIDO

ü      Proceso de coordinación de los trabajos de las cuadrillas de bacheo que se realizan por administración, (uso de recursos humanos y materiales propios) ---------- 1/07/2012.

ü      Reclamos de alumbrado.  Se inicia el traspaso el 1/07/2012.

ü      Plantación y reposición de árboles.------------------1/07/2012.

ü      Mantenimiento de los espacios verdes. La fecha prevista para iniciar esta transferencia es el 1º de enero del año 2013

DE ACUERDO A LO MANIFESTADO POR EL SECRETARIO DE ATENCIÓN CIUDADANA EL 7 DE MAYO DE 2012 EN LA LEGISLATURA:

Guardianes de plaza: Tanto el personal que revista actualmente como guardianes de plaza de planta permanente, como el que reviste no había sido transferido al 7 de mayo. Al día de hoy, tampoco han sido efectivamente transferidos a la Comuna. (pag. 25 de la VT)

Patrimonio. En este tema nos encontramos un poco retrasados. (pag. 25/26 de la VT). “Con respecto a los bienes inmuebles, sé que suena antipático, porque ya lo dije en varias oportunidades, es una decisión política que sigan en cabeza de la administración central” (pag. 42 de la VT)
Programa de Padrinazgo: Recién el 2 de mayo de 2012 el Jefe de Gobierno firmó el Decreto 214/12, por el cual delega en la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana la suscripción de Convenios de Colaboración relacionados estrictamente a las plazoletas, boulevards y espacios verdes o plazas cuya superficie sea inferior a 10.000 m2 y delega en el Ministerio de Ambiente y Espacio Público la suscripción del resto de los Convenios. Ese decreto habilita a la Secretaría de Gestión Comunal  a firmar convenios de colaboración con las juntas comunales, para que sean ellas quienes administren el Instituto del Padrinazgo en el ámbito de sus comunas, suscribiendo los convenios respectivos con los privados, lo que recién se realizó en el mes de mayo

CONCLUSIONES

Desde el punto de vista institucional, administrativo y presupuestario, las comunas prácticamente no han arrancado y se encuentran sin reconocimiento por parte del Poder Ejecutivo porteño.
¿Por qué estamos casi  en cero después de estos seis meses que llevan las comunas? El 27 de octubre del año pasado el Secretario de Atención Ciudadana presentó un cronograma de transferencia absolutamente pobre. ¿Por qué ese cronograma de transferencia sigue incumplido? ¿Por qué ha sido tan ineficiente la gestión para implementar la transferencia de comunas en estos seis meses?

La Ley 70, de Administración Financiera, establece que las Comunas tienen que ser una jurisdicción. El Secretario de Atención Ciudadana –en ese entonces Subsecretario– cuando se presentó en esta Legislatura, al referirse a la cuestión de si las comunas debían ser una jurisdicción dijo: “Todos estamos de acuerdo. En función de la definición del artículo 6 de la Ley 70, de administración financiera, así debiera ser. Pese a eso nuestra decisión ha sido privilegiar, en esta primera puesta en marcha de las comunas, los efectos benéficos que genera que esté bajo el paraguas funcional y presupuestal del área transversal de nuestro gobierno, que es la Jefatura de Gabinete”. Ya hemos visto que no ha tenido ningún efecto benéfico. Por lo tanto, cumplamos con la ley. El Secretario decidió incumplir la Ley de Administración Financiera en pos de la implementación de las comunas. Las comunas no se han implementado; estamos casi en cero. Entonces, demos cumplimiento a la ley.

La ley de presupuesto de este año –la Ley 4041– habilita en su cláusula transitoria la creación de las comunas como una jurisdicción, lo cual es central porque es lo que nos permite contar con la transferencias de recursos y poder llevar adelante la gestión comunal.

Entonces, respetemos la Constitución y la Ley 1777, porque lo que está surgiendo de estos cinco meses es claramente la falta de voluntad política. No se trata de recursos ni de eficiencia, sino de falta de voluntad política. Lo que quedaría por saber es si esa falta de voluntad política, de implementación de las comunas y de cumplimiento de la Constitución obedece a la voluntad de un funcionario de segunda línea, como es el Secretario de Atención Ciudadana, o si se trata de la voluntad política del Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.